La Anmat (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) prohibió la comercialización en todo el territorio argentino y plataformas de venta en línea de una marca de chocolate con maní al tratarse de un producto “ilegal” por no presentar correctamente la información necesaria en su etiqueta, tal como los “efectos adversos” que podrían tener ciertas personas celíacas o alérgicas.
A través de la disposición 3998/2023, publicada en el Boletín Oficial en las primeras horas del martes, el organismo descentralizado informó que la medida surgió de una auditoría llevada a cabo por la Dirección de Bromatología y Zoonosis de la Municipalidad de Florentino Ameghino de la provincia de Buenos Aires.
Tras una verificación de los rótulos de los productos por parte de DIPA se determinó que tanto el Certificado de habilitación municipal N° 21205, como el número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) mencionado pertenecen a otra razón social que no cuenta con autorización para elaborar alimentos libres de gluten.
Es así que la DIPA emitió un alerta en su página web advirtiendo a la población en general, y a la comunidad celíaca en particular, que se abstengan de consumir éstos productos, y a los comerciantes que cesen su venta.
De esta manera se determinó la prohibición de la “elaboración, fraccionamiento y comercialización” en todo el territorio nacional de los productos “Barra de chocolate con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC, Contenido neto: 75 gr., RNE 02-041604 y RNPA en trámite, Certificado de habilitación municipal N° 21205, Calle 39 N° 1618, La Plata” y “Chocolate negro con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC, RNE/ RNPA: en trámite” en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
Latte chocolate, es la marca afectada.
La explicación agrega que no se indicó correctamente la información obligatoria en su rótulo “como los alérgenos y sustancias capaces de producir reacciones adversas en individuos susceptibles”, y por estar “falsamente rotulados al consignar en el rótulo el símbolo y la leyenda “Sin T.A.C.C.”, sin estar autorizados con tal atributo, resultando ser en consecuencia ilegales”.
Otro chocolate prohibido por Anmat
Un caso similar fue el que dio a conocer la Anmat a través de la disposición 1267/2022, cuando el organismo informó sobre una consulta radicada en la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la provincia de Buenos Aires a fines de verificar si un producto estaba autorizado para circular.
Desde la DIPA, precisaron que el registro del “Chocolate con leche, maní y cereal; marca “Crok” -por el cual se radicaba la consulta en cuestión- era inexistente. Bajo la misma línea, agregaron que no había tampoco establecimientos autorizados para la elaboración de la golosina.
En consecuencia, se solicitó ante la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria llevar a cabo un inspección del local expendedor del artículo. Para el caso particular, al tratarse de un producto que se vende en línea, la investigación se centró en la comercialización a través de plataformas de internet.
Hecha la indagación, y tras constatarse la irregularidad, se recomendó a la Anmat que el producto “no pueda ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio” a fin de “proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales”.
Se precisó además que la decisión se justifica siempre y cuando se trate de “un producto alimenticio que carece de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente”.
Fue por ello que el organismo descentralizado determinó: “Prohíbase la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto: “Chocolate con leche, maní y cereal; marca “Crok” – Chocolates Los Alpes”.